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¿En qué comunidades autónomas se alarga la tarifa plana de autónomos más allá del primer año?

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La tarifa plana de autónomos de un año -y posteriores reducciones- otorgada por el Gobierno ha animado a bastantes profesionales a lanzarse al mundo del emprendimiento, pero muchas veces este periodo no es suficiente…

Por eso queremos contarte en qué comunidades autónomas se extiende la tarifa plana, o, con otras palabras, en dónde sale más barato ser autónomo durante más tiempo. Tanto si eres autónomo como si estás pensando en darte de alta, esta cuestión puede ser clave para ti. Así que lee atentamente…

Pero, antes de nada, vamos a empezar por repasar qué es la “tarifa plana para autónomos”…

¿Qué es la tarifa plana de autónomos?

La llamada tarifa plana para autónomos es una medida del Gobierno para impulsar el autoempleo.  Se trata de que, en lugar de la tarifa normal, de 286,15 euros, el autónomo paga una cuota mensual reducida de 60 euros durante los primeros 12 meses. Esto se hace para facilitar el emprendimiento y el alta de nuevos afiliados.

Además, como puedes leer en un reciente artículo de nuestro blog, también se hacen reducciones los meses siguientes al primer año:

  • Durante los siguientes seis meses se paga el 50% (143 euros)
  • Y a los seis siguientes el 70% (200,3 euros)
  • Si eres menor de 30 años o autónoma menor de 35, este último periodo se alarga a un año y medio

Estas reducciones han sido bien acogidas y sin embargo – y si eres emprendedor lo entenderás – los dos y tres primeros años de comenzar el negocio son especialmente difíciles.

Por ello, varias comunidades autónomas deciden implementar una extensión a esta medida, para apoyar un poco más al autoempleo y al emprendimiento.

A continuación, te explicamos en qué comunidades autónomas se ha realizado. Como verás, las medidas son muy parecidas en todas ellas, pero la aplicación es bastante diferente. Te lo contamos.

¿Cuáles son las comunidades autónomas con extensión de la tarifa plana?: Madrid, Andalucía, Castilla y León, La Rioja, Canarias, Asturias y Murcia

Madrid: dos años de tarifa plana

La Comunidad de Madrid decidió alargar un año más esta medida que os hemos explicado al principio del artículo para que los nuevos autónomos tuvieran que pagar solamente 50 euros durante los dos primeros años.  

De esta manera, el primer año empezarás pagando 60 euros y a partir del segundo además de pagar los 50 euros de la reducción, la Comunidad te devolverá la diferencia respecto a los 60 euros que hubieras tenido que pagar el primer año.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia o autónomos que residan y desarrollen su actividad en un municipio de la Comunidad de Madrid en cuyo padrón municipal actualizado al inicio de la actividad consten menos de 5.000 habitantes, y considerando la reducción adicional estatal con la que ya cuentan, la Tarifa Plana de 50 euros se disfrutará durante tres años.

Pero…. ¡ojo al dato! Es muy importante que si quieres optar a esta ayuda, la pidas en el momento adecuado… ¿Y cuál es? Durante los dos últimos meses de tu primer año como autónomo o durante los dos meses siguientes a cumplir ese primer año (es decir, durante los meses 11, 12, 13 y 14 de tu nueva actividad).

¿Todavía con dudas? Si quieres saber más sobre cómo funciona esta extensión en Madrid, te recomendamos que lo consultes en este artículo del blog de FANDIT.

Andalucía: estimulación y consolidación del trabajo autónomo

La comunidad autónoma andaluza también ha querido incentivar a diferentes colectivos, alargando otro año más la reducción de la cuota y dejando el segundo año entre 30 y 60 euros según el colectivo. En la web de la Junta de Andalucía podéis consultar la ayuda completa. Los colectivos que pueden acogerse a ella son muy amplios:

  1. Autónomos en primer año de tarifa plana (a excepción de las personas beneficiarias de los apartados 3 y 4): 60 euros en los primeros 24 meses de la actividad.
  2. Personas trabajadoras autónomas agrarias: 50 euros en los primeros 24 meses de la actividad.
  3. Mujeres trabajadoras autónomas residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes: 30 euros los primeros 24 meses de la actividad.
  4. Personas trabajadoras autónomas menores de 30 años: 30 euros los primeros 24 meses de la actividad.
  5. Mujeres trabajadoras autónomas que han cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela: 60 euros los primeros 24 meses de actividad.

Castilla y León: extensión de 6 meses

En 2018 la comunidad autónoma de Castilla y León comenzó a subvencionar durante seis meses las cuotas de autónomos tras el disfrute de la reducción de los 12 o 24 meses de la tarifa plana estatal.

Así, este año se volvió a lanzar esta medida y se hizo especial hincapié en la situación vivida por el Covid-19. En la página de la Junta de Castilla y León podemos leer que estuvo la ayuda estuvo dirigida a: “trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hayan completado el disfrute de la reducción de las cuotas o lo completen en fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarado como consecuencia del COVID-19”.

La convocatoria estuvo abierta del 13 de mayo al 31 de agosto, ¡así que si vuestra empresa está en esta Comunidad, atentos a la siguiente!

Canarias: hasta doce meses de ampliación

En este caso nos encontramos con una convocatoria abierta por tres años. Se trata de una subvención que extiende 12 meses la ayuda del Gobierno, sufragando la diferencia entre la cuota mensual correspondiente a la base mínima de cotización abonada el segundo año y la cuota fija mensual de tarifa plana abonada el primer año.

Las solicitudes deberán realizarse, dentro de los 3 meses siguientes de haber finalizado el segundo año de actividad.  Se dispone de los siguientes plazos en cada anualidad, como podemos leer en la web del Servicio Canario de Empleo:

• Ejercicio 2020: En este año solo podrán solicitar subvención las personas que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2018 y finalizado el segundo año de actividad que da derecho a la extensión de la tarifa plana antes del 30 de octubre de 2020, ambos inclusive.

• Ejercicio 2021: En este año solo podrán solicitar subvención las personas que hayan iniciado su actividad a partir del 3 de octubre de 2018 y finalizado el segundo año de actividad que da derecho a la extensión de la tarifa plana antes del 30 de octubre de 2021, ambos inclusive.

• Ejercicio 2022: En este año solo podrán solicitar subvención las personas que hayan iniciado su actividad a partir del 3 de octubre de 2019 y finalizado el segundo año de actividad que da derecho a la extensión de la tarifa plana antes del 30 de octubre de 2022, ambos inclusive.

La Rioja: subvención de 6 meses sobre el segundo año de reducción del Gobierno

En el caso de la Rioja, la convocatoria se acaba de cerrar el 20 de septiembre, pero podemos ir viendo como será la próxima en base a los requisitos de esta. Se trata de una ayuda que subvenciona uno de los dos subperiodos de 6 meses del segundo año de tarifa plana del Gobierno, de la siguiente manera:

Según explica la ADER (Agencia de Desarrollo Económico de la Rioja), es una ayuda dirigida a:

  •  Aquéllos que se hayan dado de alta en el citado Régimen Especial entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2018, en cuyo caso deberán solicitar ayuda por el segundo subperiodo de seis meses. El importe de la ayuda será de 815 euros o el que proporcionalmente corresponda en su caso.
  • Aquéllos que se hayan dado de alta entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2018, en cuyo caso deberán solicitar ayuda por el primer subperiodo de seis meses. El importe de la ayuda será de 500 euros o el que proporcionalmente corresponda en su caso.

Asturias: tarifa plana “mixta” con una ayuda de 600 euros

La ayuda está dirigida a dirigida a aquellos trabajadores autónomos que hayan causado alta en el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019.

De acuerdo con la base tercera de las reguladoras de estas ayudas, la cuantía de la subvención será hasta un máximo de seiscientos euros (600,00 €) para cada beneficiario. El régimen de concesión de estas será el de concurrencia competitiva.

El plazo de solicitud de estas ayudas en 2020 fue entre el 17/01/2020 y el 17/02/2020 y se resolvieron el el 30 de septiembre de 2020 así que habrá que estar atentos a la siguiente convocatoria.

Murcia: “cuota cero” de autónomos para jóvenes y parados de larga duración

Con esta medida, la Región de Murcia asume la totalidad de la cuota de autónomos durante el primer año de actividad, durante el segundo, se reduce a 50 euros.

Eso sí, en este caso la ayuda va dirigida a jóvenes menores de 30 años y parados de larga duración. Así, los requisitos, según indica la SEF (Servicio Regional de Empleo y Formación) son:

1. Desarrollar la actividad económica en la Región de Murcia

2.

a) Para jóvenes (menores de 30 años): estar inscrito como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la fecha inmediatamente anterior (día anterior) a la de presentación de la solicitud del alta en el RETA.

b) Para desempleados de larga duración (personas que hayan estado inscritas como demandantes de empleo al menos 360 días durante los 540 días anteriores al alta como trabajadores autónomos por el que se solicita la subvención.

3. Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas, o en su caso, la Comunidad de Bienes (CB) o la Sociedad Civil Profesional (SCP).

4. Estar dado de alta en el RETA.

5. Acreditar el pago de las cuotas del RETA cuya subvención se solicita.

Como habrás podido comprobar, cada comunidad ha extendido esta tarifa plana con unas normas muy definidas y particulares, por lo que es importante que a la hora de solicitar una de estas ayudas te informes, y sobre todo, vayas con tiempo, para que no se te pase ningún plazo.

El plazo de este año se cerró el 30/10, así que habrá que estar atentos al del próximo año.

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