Tras algunas semanas oyendo hablar de ellas, ya podemos decir que están muy cerca. El sábado 13/03/21 se han publicado en el B.O.E. varias medidas económicas para contrarrestar los efectos de la pandemia, entra las que queremos destacar la Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas, de 7.000 millones de euros.
En el siguiente bloque te explicamos las cifras y demás pero si no tienes tiempo para leértelo todo, te resumimos aquí la línea Covid:
SE REPARTEN 7.000 MILLONES DE € ENTRE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA QUE SE REPARTAN ENTRE AUTÓNOMOS Y EMPRESAS QUE HAYAN REDUCIDO SU FACTURACIÓN UN 30% ENTRE 2019 Y 2020. ESA COMPROBACIÓN LA HARÁ DIRECTAMENTE HACIENDA. DESDE FANDIT NOS COMPROMETEMOS A AVISAR DE ESA APERTURA Y APORTAR LAS INSTRUCCIONES PARA ASEGURARTE DE HACERLO BIEN.
Y si quieres entrar en los detalles, os dejamos un resumen de las principales claves:
Índice de contenidos
Objeto de las ayudas Línea Covid
Estas ayudas tienen carácter finalista, por lo que están destinadas al pago a proveedores, bancos y otros acreedores así como los costes fijos que se hayan tenido entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
Destinatarios
- Empresas y autónomos cuyo volumen de operaciones anual en el IVA de 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
- No haber declarado un resultado neto negativo en 2019.
- Pertenecer a alguna de las actividades (CNAE) del documento adjunto.
- Deberán mantener la actividad, como mínimo, hasta el 30 de junio de 2022. De lo contrario, deberán devolver las ayudas que hubieran recibido.
- No tener deudas con la AEAT ni la SS (recomendamos la solicitud de aplazamiento de todas aquellas deudas que puedan suponer un problema para que no impidan el acceso a estas ayudas)
Importes máximos de las ayudas
Las ayudas tendrán los siguientes importes:
– Máximo de 3.000 € para autónomos en régimen de estimación objetiva
– Resto de empresas y autónomos: Mínimo de 4.000 € y un máximo de 200.000 €, calculado de la siguiente manera:
- Autónomos y Empresas con un máximo de 10 empleados: El 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %.
- Autónomos y empresas con más de 10 empleados: El 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%
(Por ejemplo, si eres una empresa con 5 trabajadores y tu facturación ha pasado de 500.000€ en 2019 a 250.000€ en 2020, al superar el 30% de caída de la facturación, el cálculo de la ayuda sería del 40% sobre el exceso entre el 30% mínimo y el 50% realmente sufrido, por lo que sería del 40% sobre el 20% de exceso (100.000€) con lo que la ayuda sería de 40.000€)
Plazos
Según el Real Decreto-ley, los fondos serán transferidos del Estado a la Comunidades Autónomas en un plazo máximo de 1 mes y 10 días. A partir de la transferencia de fondos, las Comunidades Autónomas, encargadas de su gestión, establecerán los procedimientos para la solicitud de las ayudas, no pudiendo concederse ninguna ayuda pasado el 31 de diciembre de 2021. Con estos datos podemos decir que las ayudas llegarán entre el mes de mayo y diciembre de este año.
Ahora solo queda esperar. Con esta información se pueden hacer los cálculos de la ayuda que corresponderá a cada uno. Tened en cuenta que toda esta información está digitalizada por la AEAT por lo que haced bien los cálculos para comprobar que eres un beneficiario.
PODÉIS DESCARGAR AQUÍ EL ANEXO CON LAS ACTIVIDADES QUE SON BENEFICIARIAS DE ESTA AYUDA
Y si necesitáis que os asesoremos, no dudéis en escribirnos a www.fandit.es/contacto
Hola, soy Isabel, consultora para la tramitación y gestión de subvenciones en FANDIT.