Si eres auditor ROAC seguramente sepas que muchas subvenciones exigen auditoria.
Lo que muchas auditoras no saben es que las subvenciones auditables se suelen dividir en dos:
- Subvenciones que exigen auditor ROAC y además, subvencionan el gasto del auditor
- Subvenciones que exigen auditor ROAC pero NO subvencionan el gasto del auditor
En 2026 hay 61 convocatorias abiertas que exigen auditoria y las hemos reunido todas en un excel:
¿Quieres saber qué empresas ya tienen estas ayudas (y necesitan auditarlas)?
Pincha en el enlace de las ayudas que hay en el listado, y ve al apartado de beneficiarios.
IMPORTANTE: En el caso de que la ayuda todavía no tenga beneficiarios, no aparecerá ese apartado, pero puedes ver quienes se las llevaron en años anteriores, pinchando en el apartado de «Conv. relacionadas».

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Cómo hemos elaborado este listado
Para que puedas replicar la búsqueda por tu cuenta, explicamos cómo lo hemos hecho.
Entramos en el buscador de FANDIT y usamos «ROAC» como palabra clave en el campo de texto libre del filtro. Ese término aparece en las bases reguladoras de las convocatorias que exigen este perfil de auditor, así que es el filtro más preciso para localizarlas.

Desde los resultados, descargamos el Excel completo con todas las convocatorias que devuelve esa búsqueda. Después las revisamos una a una para separar las que subvencionan el gasto de auditoría de las que solo lo exigen.

El resultado: 61 convocatorias activas en 2026, en dos listas limpias.
¿Qué es un informe de auditoría relacionado con subvenciones?
El informe de auditoría —o cuenta justificativa con aportación de informe de auditor— es un documento técnico emitido por un profesional independiente. Su objetivo es revisar y certificar que los fondos recibidos se han destinado exclusivamente a los fines para los que se concedió la ayuda, cumpliendo con las bases reguladoras de la convocatoria.
Funciona como un sello de garantía ante la Administración Pública. En lugar de que los técnicos del organismo revisen factura por factura y nómina por nómina, un auditor homologado hace ese trabajo previo por ellos.
Ayudas donde la auditoría es obligatoria (y debes prever su coste)
La obligatoriedad viene marcada en las bases reguladoras por dos factores: la complejidad técnica del proyecto o el alto volumen del presupuesto.
En estos casos, el coste de la auditoría corre por cuenta de la empresa beneficiaria. Es un gasto que hay que incluir en el plan financiero de la ayuda desde el principio.
Algunos ejemplos de 2026:
Transición energética e infraestructuras. Las ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético mediante bombeo reversible (90 M€) exigen auditoría externa para certificar la inversión, pero su coste lo asume la empresa promotora.
I+D y excelencia científica. Las convocatorias de Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu (80 M€) o las ayudas del Sistema Valenciano de Innovación (59 M€) obligan a auditoría financiera externa a cargo del solicitante.
Ayudas donde la auditoría es obligatoria… pero te la subvencionan
Esta es la situación ideal. Algunas convocatorias permiten incluir los honorarios del auditor como gasto subvencionable dentro del proyecto.
La auditoría sigue siendo obligatoria para cobrar, pero su coste es 0 € para el beneficiario porque la propia ayuda financia la factura del auditor (habitualmente con un límite máximo en las bases, por ejemplo hasta 2.000 € o 3.000 €).
Dos ejemplos claros de 2026:
Programa NEOTEC (CDTI). La ayuda por excelencia para startups y empresas de base tecnológica en España. Obliga a presentar informe de auditoría ROAC para justificar, y las bases estipulan que ese gasto es 100% subvencionable con un límite máximo. Las empresas emergentes no sufren impacto de caja por la burocracia del proyecto.
Prevención de riesgos laborales en pymes (Andalucía). Estas líneas contemplan específicamente que las auditorías necesarias y la asistencia técnica para justificar el proyecto son gastos subvencionables, facilitando que las empresas más pequeñas cumplan sin perder rentabilidad.
¿Quién puede firmar este informe?
No sirve el contable de la empresa ni el asesor fiscal habitual, a menos que cumpla con los requisitos legales específicos.
El informe debe ser ejecutado y firmado por un Auditor de Cuentas inscrito en el ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas), dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
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Soy Juan Francisco, abogado y economista.
Dejé de trabajar como asesor para ayudar a democratizar el acceso a las subvenciones. Interesado en tecnología, finanzas y fiscalidad.



