El principal motivo por el que se estima que las empresas no utilizan estos beneficios para generar I+D+i es el desconocimiento. Para paliar esta situación deficitaria, el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) ha creado la figura del Informe Motivado Vinculante. ¿Qué es el IM? ¿Para qué sirve? Desde fandit.es nuestros especialistas en captación de ayudas y subvenciones nos explican todo lo que tienes que saber de este instrumento fiscal para impulsar el I+D+i en la economía española.
Índice de contenidos
- Qué es un Informe Motivado Vinculante y quién lo emite
- Tipos de informes motivados y plazos
- ¿En qué consisten las deducciones fiscales por I+D+i?
- Beneficios del Informe Motivado
- ¿Cómo se obtiene el Informe Motivado?
- ¿Quiénes son las entidades certificadoras que emiten el informe motivado?
- ¿Cuánto tiempo puede pasar desde que se pide hasta que se obtiene?
- ¿Se puede pedir una deducción sin tener todavía el Informe Motivado?
- Agencias Acreditadoras
Qué es un Informe Motivado Vinculante y quién lo emite
El Informe Motivado Vinculante es el documento que registra la actividad de I+D de una organización, además de detallar los gastos asociados a su generación. Hasta su creación, las empresas y colectivos disponían de las deducciones, pero su beneficio no siempre era factible por desconocimiento y sobre todo por la inseguridad de no tener la certeza de qué gastos son computables y con qué alcance.
Así, el IMV se interpreta como una herramienta jurídica y técnica para solicitar y justificar las bonificaciones fiscales para aquellas empresas que apuestan por actividades de I+D+i.
Regulación de los informes motivados vinculantes
Respecto de las deducciones que tienen reconocidas las actividades de I+D+i, cada área bonificada se rige bajo una normativa.
- Las deducciones fiscales asociadas a requisitos científicos y tecnológicos recogidos en el Informe Motivado IM se regula según el Real Decreto 1432/2003 del 21 de noviembre.
- Por el contrario, las bonificaciones que se aplican a la cotización Social del personal investigador o dedicado al desarrollo de los proyectos de I+D está determinado por el Real Decreto 475/2014.
¿Quién emite los informes motivados?
Es el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad el organismo responsable de la emisión de los informes de motivados vinculantes.
El CDTI también está certificado como entidad emisora, si bien sus IM son del tipo ex-ante, esto es, informan sobre proyectos y acciones pendientes de realizar.
Tipos de informes motivados y plazos
Existen diferentes tipos de informes motivados vinculantes, y cada uno de ellos se rige sobre unos plazos determinados.
- El informe motivado vinculado de contenido ex-ante: requiere la evaluación previa del proyecto. Se analiza el apartado técnico y la coherencia de presupuestos.
- IMV de contenido y primera ejecución: suma al anterior los gastos del último ejercicio, que se toma como referencia. Este informe puede no contar en el ex-antes o ser complemento de dicho informe.
- Informe motivado vinculante de seguimiento, que únicamente se entrega si se dispone del anterior. En el caso de informar de desviaciones presupuestarias, se deben explicar el por qué de ellas.
- El IMV de personal investigador, que atañe a los profesionales implicados que trabajan en exclusiva para el desarrollo del proyecto.
En cuanto a los plazos, los IMV de contenido y de seguimiento tienen de plazo entre 25 días y 6 meses a contar desde el fin del año fiscal, el mismo que comparte el Informe motivado ex-antes.
El IMV para personal investigador no tiene plazos establecidos.
¿En qué consisten las deducciones fiscales por I+D+i?
El sistema español de aplicación de deducciones fiscales a empresas y proyectos que apuesten por el I+D+i se encuentra entre los más importantes y cuantiosos. Para muestra un dato. Si se dispone del correspondiente Informe Motivado Vinculante, se puede deducir hasta el 42% de los gastos e inversiones que han hecho posible esa innovación y el desarrollo a ella ligado.
Eso sí, existen diferencias en el importe final entre el I+D aplicado a desarrollo y la innovación tecnológica. Esta recibe una incentivación fiscal máxima del 12% del gasto que ha implicado.
La actualización de la Ley del Impuesto de Sociedades (Ley 27/2014) permite a las empresas monetizar la deducción a cambio de una quita del 20% del importe a percibir como deducción.
Beneficios del Informe Motivado
El principal beneficio de contar con un Informe Motivado Vinculante es la seguridad jurídica que aporta en tiempos de crisis, una vía más ágil para la gestión de los recursos humanos.
¿Cómo se obtiene el Informe Motivado?
El proceso de solicitud del informe motivado vinculado consta de tres etapas. En la primera de ellas, la empresa redacta el IM del proyecto ex-antes, y una vez ejecutado, se recupera toda la información que justifique los números del informe oficial. Dicho informe deberá cumplir con los requisitos del CEA de ENAC y del Ministerio.
En una segunda fase, la empresa se dirigirá a cualquiera de las entidades que certifican proyectos de I+D+i, que se encargan de emitir un informe técnico-económico que ha de adjuntar a su propia documentación a la hora de presentar el proyecto en el Ministerio, que se corresponde con la fase final.
Con toda esta documentación, el Ministerio emite el Informe Motivado Vinculante. En el momento en que se dispone de dicho informe, la empresa elige qué deducciones aplica.
Para todo ello se requiere que todos los involucrados estén dados de alta en el Registro de Entidades SISEN.
¿Quiénes son las entidades certificadoras que emiten el informe motivado?
Tanto el Ministerio de Ciencia e Innovación como el de Economía están certificados por AENOR como válidas para emitir el IM. La Dirección General de Tributos también pueden emitir determinados IM, pero no cuentan con el respaldo jurídico técnico requerido para ganar confianza en el consumidor.
¿Cuánto tiempo puede pasar desde que se pide hasta que se obtiene?
Por desgracia, la tramitación del Informe Motivado Vinculante puede alargarse si hay incidencias en la documentación y en la justificación económica.
¿Se puede pedir una deducción sin tener todavía el Informe Motivado?
No existe ley alguna que lo impida, si bien para importes elevados y por seguridad jurídica se recomienda solicitar el Informe Motivado Vinculante.
Agencias Acreditadoras
Además del Ministerio de Economía y el de Ciencia así como la Dirección General bajo su mando, existen empresas como fandit.com con experiencia en el sector para solicitar ayudas a las necesidades tecnológicas. La ACIE también está acreditada.
NOTA: a partir del año 2021 no se pueden solicitar informes motivados vinculantes derivados de convocatorias del Ministerio de Ciencia e Innovación, exentos de informe técnico (Orden CIN/2212/2011, de 29 de julio).
Hola soy Pedro, cofundador y CEO de FANDIT
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